Prestaciones Sociales

Las prestaciones sociales son un conjunto de beneficios y garantías adicionales al salario que el empleador debe reconocer al trabajador vinculado mediante contrato de trabajo por sus servicios prestados, a fin de cubrir algunos riesgos inherentes a la actividad laboral.

Para la liquidación de las prestaciones sociales se tiene en cuenta el año laboral el es representado con 360 días y cada mes con 30 días, además estas pueden ser reconocidas en dinero o en especie y cumple la función de complementar el salario.

Clases de prestaciones:


1. A cargo del empleador A cargo de las entidades
de seguridad social:
  • Prima de servicios;
  • Calzado y vestido de labor;
  • Auxilio de cesantía;
  • Intereses sobre cesantía;
  • Descanso remunerado durante la lactancia;
  • Vacaciones(*);
  • Auxilio de transporte.
2. A cargo de las entidades de seguridad social:
  • Enfermedad común;
  • Maternidad;
  • Enfermedad profesional;
  • Accidente de trabajo;
  • Pensiones (vejez, invalidez, muerte);
  • Prestaciones por muerte;
  • Atención inicial de urgencias;
  • Atención al recién nacido.
2. A cargo de las cajas de compensación familiar:
  • Subsidio familiar;
  • Subsidio al desempleo (protección al cesante).
No son propiamente una prestación social. Se trata de otros pagos laborales a cargo del empleador. Las prestaciones sociales, cuando el trabajador se encuentre incapacitado, deberán ser reconocidas y remunerarse con el valor del salario que el trabajador devengaba en el momento en que inició la incapacidad.



Referencias:
1. Legis Editores S.A. (2018). : Cartilla Laboral. Bogotá, Colombia.
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