Prestaciones Sociales
Las prestaciones sociales son un conjunto de beneficios y garantías adicionales al salario que el empleador debe reconocer al trabajador vinculado mediante contrato de trabajo por sus servicios prestados, a fin de cubrir algunos riesgos inherentes a la actividad laboral.
Para la liquidación de las prestaciones sociales se tiene en cuenta el año laboral el es representado con 360 días y cada mes con 30 días, además estas pueden ser reconocidas en dinero o en especie y cumple la función de complementar el salario.
Clases de prestaciones:
1. A cargo del empleador A cargo de las entidades
de seguridad social:
- Prima de servicios;
- Calzado y vestido de labor;
- Auxilio de cesantía;
- Intereses sobre cesantía;
- Descanso remunerado durante la lactancia;
- Vacaciones(*);
- Auxilio de transporte.
2. A cargo de las entidades de seguridad social:
- Enfermedad común;
- Maternidad;
- Enfermedad profesional;
- Accidente de trabajo;
- Pensiones (vejez, invalidez, muerte);
- Prestaciones por muerte;
- Atención inicial de urgencias;
- Atención al recién nacido.
2. A cargo de las cajas de compensación familiar:
- Subsidio familiar;
- Subsidio al desempleo (protección al cesante).
No son propiamente una prestación social. Se trata de otros pagos laborales a cargo del empleador. Las prestaciones sociales, cuando el trabajador se encuentre incapacitado, deberán ser reconocidas y remunerarse con el valor del salario que el trabajador devengaba en el momento en que inició la incapacidad.
Referencias:
1. Legis Editores S.A. (2018). : Cartilla Laboral. Bogotá, Colombia.
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