Liquidaciones en Contratos a Termino Indefinido
Indemnización en contratos a término indefinido bajo el actual régimen de la Ley 789 de 2002
a. Trabajadores que devenguen menos de 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes
1. Hasta un año de servicio = 30 días de salario.
2. Más de un año de servicio = 30 días de salario por el primer año y 20 adicionales por cada año y proporcionalmente por fracción de año.
b. Trabajadores con diez o más smmlv.
1. Hasta un año de servicio = 20 días de salario
2. Más de un año = 20 días de salario por el primer año y 15 adicionales por cada año y proporcionalmente por fracción de año.
Indemnización en contratos a término indefinido bajo los regímenes de la Ley 789 de 2002 y el Decreto 2351 de 2005
c. Vigencia (trabajadores cubiertos) Trabajadores con 10 o más años de servicio al 27 de diciembre de 2002, se rigen por lo establecido en el artículo 6º Ley 50 de 1990.
Ejemplo de cálculos de días indemnizables por terminación unilateral del contrato indefinido sin justa causa
Cálculo de la indemnización por despido bajo el régimen actual (L. 789/2002).
Dos trabajadores con contratos a término indefinido, uno con 5 meses y el otro con cuatro años y 7 meses de antigüedad, son despedidos sin justa causa, dependiendo de sus salarios, las respectivas indemnizaciones por despido injusto se calculan
así:
Fuente: ARENAS, Gerardo; CERÓN, Jaime; HERRERA, José Roberto. “Comentarios a la reforma laboral”. Legis Editores S.A.
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