Terminaciones de contrato por Causas Originadas en las dos Partes
¿En qué consiste la terminación por mutuo acuerdo?
Cuando median circunstancias que hacen inconveniente continuar la relación de trabajo
para ambas partes, éstas pueden ponerse de acuerdo y convenir la finalización del contrato de trabajo.
El mutuo acuerdo en derecho hay un principio que dice que las cosas se deshacen como se hacen; este principio faculta a las partes de común acuerdo dar por terminado el contrato de trabajo cuando a bien lo tengan.
Si ante la renuncia, el empleador pone alguna objeción, este debe exponerlo en la contestación para que el trabajador decida si termina o no unilateralmente la relación y para evitar tambien una eventual pretensión de despido indirecto.
Fuente: ARENAS, Gerardo; CERÓN, Jaime; HERRERA, José Roberto. “Comentarios a la reforma laboral”. Legis Editores S.A.
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